En el BOJA extraordinario del domingo 8 de noviembre se han publicado cuatro normas para establecer nuevas medidas por el COVID-19, sí cuatro, y vamos a ver lo que conllevan:
- La Orden 8 de noviembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19. Tal y como indica su nombre introduce modificaciones en la redacción de algunos artículos de la orden del pasado 29 de octubre de 2020, que regulan las condiciones para consumir en locales de hostelería abiertos al público, la celebración de pruebas y entrenamientos deportivos, así como relación a parques y jardines, comedores sociales, teatros, etc… Para su interpretación, si está en Granada, mire el artículo 4 de otra de las Órdenes publicadas ayer, concretamente la titulada: "por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía."
- La Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, pues tal y como su descriptivo título expresa, es de especial interés para el personal sanitario adscrito al S.A.S.
Ahora bien, Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sí que establecen, en coordinación medidas y cambios de interés común, que vamos a ver a continuación.