Publicadas la reforma de la LECrim y de la LEC

El pasado día 2 de octubre ya os hablamos de la reforma de la LECrim para establecer una serie de medidas de investigación tecnológica, así como para modificar el tratamiento de las macrocausas, algunas denominaciones (imputado pasa a ser investigado y encausado), y los plazos de las instrucciones. Hoy ya podéis descargar la Ley Orgnánica 13/2015, de 5 de octubre, que modifica la LECrim para la regulación de las medidas investigación tecnológica aludidas y la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la LECrim para la agilización procesal (según el título de ambas normas también para el fortalecimiento de las garantías procesales) que han sido publicadas en el BOE.

Lo que no ha generado tanto ruido mediático y por tanto ha pillado algo por sorpresa es la publicación también hoy de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de modificación de la LEC, de la que destacamos muy sucintamente la imposición de la contestación de la demanda escrita en los juicios verbales, la imposición al Secretario Judicial de controlar la corrección de la liquidación de las tasas judiciales, la habilitación de títulos universitarios equivalentes al de Derecho para actuar como procurador, la modificación de las subastas para crear un procedimiento electrónico y la reducción de los plazos de prescripción de acciones personales a 5 años. Os dejamos el resumen pormenorizado de las reformas que nos llaman la atención:
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